ANÁLISIS DEL CÓDIGO DEL ESTATUTO PERSONAL MAURITANO CON LA PERSPECTIVA DE GÉNERO

Oumar Mohamed Sy

Marzo de 2005

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VI. Notas.

1Fuentes: Oficina Nacional de las Estadísticas "Censo nacional de la población en 2000" y FNUAP "informe anual 1998".

2De origen negro-africano, a lo largo de los siglos han sufrido un cambio forzado de su cultura original. Por ello desconocen gran parte de su sociedad de origen aunque conservan algunas herencias de su lejana pertenencia étnica como sus apellidos y su música.

3Análisis de la Situación de la mujer rural en Mauritania”, Sy y Baile, 2002

4SECF mujer y vida asociativa 1994

5RNDHD de 2000.

6Amel Dadah “Diagnóstico de la situación de la Mujer en Mauritania, informe final 2003”.

7Informe de actividades 2001 CDHLCPI, página 9

8(investigación sobre las condiciones de vida de la población, Oficina Nacional de las estadísticas 2000).

9EDSM 2000-2001:" 161 ""

10Informe Diagnóstico de la situación de la mujer en Mauritania página 13/2004 CMAP.

11MEU/MAED 2000 de página 76 y 79 diagnóstico de la situación en Mauritania 2004, página 23

12Página web www.el-intra.sr/gender/derecho-reja/divorcio-poligamia.html)

13A pesar de la existencia de muchas ONG en Mauritania que trabajan por la promoción de la mujer, no se aprecia por su parte una militancia activa para la defensa de sus derechos.

14Entre los países árabes, solamente Túnez prohíbe la poligamia en su código de la familia

15En el caso de que no haya cláusula de monogamia en un contrato de matrimonio, o si ella acepta la compensación o indemnización. Con una cláusula de monogamia, ella puede renunciar al matrimonio.

16El CSP no da un límite para la poligamia ¿Una omisión? Pero se supone que es de cuatro, ya que es el límite fijado por el Corán.

17En otros códigos, como el marroquí, se contemplan otras figuras similares a la adopción como la llamada de gratificación (jaza) o la testamentaria (tanzil) (art. 83.3). También existe la posibilidad de la kafala(Chafi 1996) que consiste en acoger a niños o niñas abandonados y que tampoco conlleva ninguno de los efectos de la filiación legítima excepto que el varón que acoge a una niña precede al juez como tutor matrimonial. En Túnez se introdujo la posibilidad de la adopción en 1958 y se estableció una relación jurídica entre el/la adoptante y el/la adoptado/a similar a la filiación legítima (Cherif Chamari 1991)

18Ana Lopes Lindström, Análisis del Código del Estatuto Personal Mauritano 2003.


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